A continuación os explicamos cuando estima el Código Penal español que existe delito de sedición y cuando existe delito de rebelión y qué penas comporta cada uno de ellos.
¿Cuándo se considera delito de Sedición?
El Código Penal de España considera que el delito de sedición es un alzamiento público y tumultuario contra la autoridad, el orden público o la disciplina militar.
Se utiliza el término sedición para hacer referencia a conductas que puedan estar estimadas por la autoridad legal como motivo de insurrección en contra del orden establecido.
La sedición comprende cualquier conmoción y por lo general se presenta asistida por violencia directa en contra de la ley.
El delito de sedición está considerado un acto subversivo y puede ser perseguido como un delito en función del Código Penal de cada país.
Según el Código Penal de España, en su Libro II, Delitos y sus penas, Título XXII, Delitos contra el orden público, el Artículo 544 establece que:
“Son acusados de sedición los individuos que se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”.
¿Cuándo se considera delito de Rebelión?
El Código Penal de España, que fue actualizado por última vez en 1995, considera el Delito de Rebelión en el Título XXI, Capítulo I que encabeza los delitos contra la Constitución.
El delito de rebelión constituye un atentado contra las bases del sistema constitucional.
Supone un ataque armado, con levantamiento de tropas, alzamiento público y violento.
Aunque al mismo tiempo, la rebelión es un atentado contra la paz pública y contra el orden público.
¿Cuáles son las penas por un delito de Sedición?
Según el Código Penal de España, en su Libro II, Delitos y sus penas, Título XXII, Delitos contra el orden público, el Artículo 545 establece que:
Los que hayan inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieran en ella como sus principales autores serán castigados con una pena de prisión de entre ocho y diez años, y con una de entre diez y quince años si fueran personas constituidas en autoridad.
En ambos casos se impondrá también la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.
¿Cuáles son las penas por un delito de Rebelión?
La penalidad del delito de rebelión varía en función de la importancia de la participación personal en el alzamiento y según los resultados de éste, tal y como contemplan los Artículos 473.1 y 473.2 del Código Penal.
El Artículo 473 contempla que las personas que promuevan y sostengan la rebelión serán castigadas con penas de entre 15 y 25 años de cárcel y, al mismo tiempo, recaerá sobre ellos la inhabilitación de sus funciones públicas por el mismo tiempo.
El delito de rebelión será castigado con hasta 30 años de privación de libertad en el supuesto caso de que se empleen armas, se ejerza la violencia contra personas o se causen destrozos en propiedades ajenas.